¿Por qué no nos gusta el acuerdo presupuestario BILDU-PNV?
La competencia de recogida y tratamiento de residuos corresponde a los Ayuntamientos en base a lo dispuesto en la Ley de Bases de Régimen Local. Se trata de una tradicional competencia municipal, que ha de ser ejercida en los términos de la legislación estatal (y, en su caso, autonómica). A su vez, la legislación estatal (Ley 22/2011, de residuos y suelos contaminados) ha de incorporar las disposiciones de las directivas comunitarias europeas (Directiva 2008/98/CE sobre los residuos, que establece unos principios, como la protección de la salud humana y el medio ambiente y la coherencia con las estrategias de lucha contra el cambio climático, la jerarquía u orden de prioridad a seguir en las actuaciones en la política de residuos, comenzando por la prevención, siguiendo por la reutilización, el reciclado, otro tipo de valorizaciones, incluida la energética -incineración “eficiente”- y, como último escalón, la eliminación -vertido, incineración “no eficiente”, …-).
Los Ayuntamientos, como prevé la LBRL, pueden asociarse con otros en Mancomunidades para la ejecución en común de determinados servicios de su competencia, conforme a lo regulado en los estatutos de la mancomunidad, cuya aprobación, modificación, o supresión, requiere en todo caso el acuerdo de los Plenos de todos los Ayuntamientos (art. 44 LBRL), regla esta última que no se respetó en su día, ni a la hora de asumir determinadas competencias, ni a la hora de cederlas en favor del Consorcio de Residuos de Gipuzkoa.
Resulta oportuno recordar que, en cambio, “alguien” pretendió hacer pasar por Estatutos vigentes de una mancomunidad lo que no era más que un borrador de estatutos nunca tramitado y en base a ello impugnar, por ejemplo, los convenios suscritos con ayuntamientos de la mancomunidad para la implantación de la recogida “puerta a puerta”
La Ley distribuye las competencias, asignando a la Administración Central la elaboración de un Plan Nacional marco de gestión de residuos, establecimiento de los objetivos mínimos en materia de reducción en la generación, reutilización, reciclado y otras formas de valorización; a las CC.AA la elaboración de programas autonómicos de prevención y planes autonómicos de gestión (que en el caso de la CAPV brillan por su ausencia); y a las Entidades Locales (ayuntamientos de forma independiente o asociada), como servicio mínimo obligatorio, la recogida, transporte y tratamiento de los residuos domésticos generados en hogares, comercios y servicios, en la forma en que establezcan sus Ordenanzas.
La constitución del Consorcio vino a alterar, de forma del todo irregular, este esquema, “dando vela en el entierro” de los residuos a una institución carente de competencias como la Diputación Foral, a quién se otorgó un peso decisivo, con la intención evidente de inclinar la balanza del lado de los pro-incineradores.
Aparte de los planes de gestión y programas de prevención, la Ley de residuos contempla como posibles instrumentos para fomentar la prevención, implantar la recogida separada, mejorar la gestión, impulsar el reciclaje y mitigar la emisión de gases de efecto invernadero, el establecimiento de medidas económicas, financieras y fiscales, como el establecimiento de cánones al vertido y a la incineración (como ya se hizo con demostrada eficacia en la Ley catalana de residuos). La “tarifa única” establecida en su día por el Consorcio, lejos de atenerse a este principio, no perseguía sino asegurar la financiación de la incineradora, desincentivando totalmente cualquier actuación de los Ayuntamientos destinada a la reducción en la generación y a la mejora de la recogida selectiva de las fracciones reciclables en general y de la materia orgánica en particular.
Ahora que BILDU dispone de una holgada mayoría en la mayoría de mancomunidades y en el Consorcio, acordar con el PNV residenciar una decisión -para antes del 30 de junio, tras un análisis de las decisiones hasta ahora adoptadas, así como las propuestas que la DFG remita a JJ.GG dirigidas a la modificación del PIGRUG- en una comisión de las JJ.GG, en donde BILDU está en minoría, renunciando BILDU a la adopción, en ninguna institución u entidad en la que tenga una representación mayoritaria, de ninguna decisión “que impida u obstaculice la ejecución de las infraestructuras previstas y aprobadas hasta la fecha para la gestión de los RU”, nos hace temer que el cambio político en Gipuzkoa, en materia de residuos, pueda no tener apenas ninguna consecuencia, y que el anuncio hecho por el Diputado Juan Karlos Alduntzin de la próxima adopción de una moratoria y el desarrollo de un proceso de socialización y de debate entre la ciudadanía, a quien se le ha hurtado su derecho a decidir como quiere tratar sus residuos, que nos conduciría a decidir cual es la alternativa más adecuada, se quede en agua de borrajas.
Entendemos que el haber optado y obtenido el gobierno de la DFG, como en el caso de algunos ayuntamientos, desde una situación de minoría, obliga a negociar de cara a disponer de unos presupuestos actualizados que garanticen unos mínimos, y que en toda negociación han de dejarse pelos en la gatera, pero –en función de cual sea la interpretación correcta del significado y alcance del acuerdo: la del portavoz jeltzale Markel Olano o la expresada por la portavoz foral Larraitz Ugarte- mucho nos tememos que en la negociación, en materia de residuos, las renuncias podrían haber ido más allá de lo estrictamente necesario, pudiendo haberse jugado otros bazas, y que podrían estar cruzándose unas líneas rojas que no deberían traspasarse.
Nos gustaría estar equivocados y que finalmente terminaran asumiéndose y aprobándose por parte de los hasta ahora pro-incineradores las soluciones alternativas más sostenibles, lo que, dicho sea de paso, sólo será posible efectivamente trabajando desde ya para el establecimiento de la recogida puerta a puerta en todos los municipios con mayoria antiincineración, de manera que quede clara la insostenibilidad, no solo medioambiental, sino también económicamente, de la inversion en la construcción de la incineradora.
En cualquier caso, entendemos que resulta más necesario que nunca la información sobre la naturaleza, dimensiones, consecuencia y soluciones alternativas de recogida y tratamiento de los residuos, y el debate, la participación ciudadana y la movilización social, y a ello nos disponemos.
14 de diciembre de 2011
Firman este artículo en nombre de ERABAKI (plataforma política por el derecho a decidir y la unidad de la izquierda):
Ricardo Ortega (expresidente de la Mancomunidad de San Marcos)
Jesús Uzkudun Sindicalista
Mª Luisa Sánchez (miembro de la Coordinadora de plataformas anti-incineración)
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